No disponer de una vivienda adecuada para el desarrollo personal y social es una vulneración de un derecho esencial. Es un factor clave de integración social ampliamente reconocido por tratados internacionales, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Carta Social Europea Revisada.
En concreto, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales señala que los Estados deben disponer recursos jurídicos, como reclamaciones contra acciones ilegales realizadas o apoyadas por los propietarios (sean públicos o privados) en relación con los niveles de alquiler, mantenimiento de la vivienda y discriminación racial u otras formas de discriminación, así como denuncias de cualquier forma
de discriminación en la asignación y disponibilidad de acceso a la vivienda.
Informe_Provivienda_2013.pdf
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