El País, 28-04-2012. La Ley General Penitenciaria, en su artículo 13, contiene un catálogo de instalaciones con las que deben contar las cárceles, como dormitorios individuales, enfermería, escuelas, bibliotecas, instalaciones deportivas, talleres, peluquería, cocina… El anteproyecto del reglamento de los Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) contempla para esos recintos –en los que ingresan los inmigrantes no por cometer delitos, sino por la falta administrativa de residir en España sin documentación- unas dotaciones mucho menores.Noticia completa