La justicia abre la vía a regularizar a miles de inmigrantes
9 de junio de 2021 | Temas: Legislación | Irregularidad

ElPais.es- "La Secretaría de Estado de Migraciones dictó este martes instrucciones para aplicar una sentencia del Tribunal Supremo que abre la puerta a que miles de extranjeros, sobre todo demandantes de asilo a quienes se les ha denegado su solicitud tras dos años en España, puedan regularizar su situación a través del arraigo laboral. Esta era hasta ahora una figura muy restrictiva, pero después de la sentencia da la opción de obtener los papeles más fácilmente a miles de inmigrantes que demuestren que han trabajado al menos seis meses.

Hasta ahora, quien se beneficiaba del arraigo laboral eran inmigrantes en situación irregular que, después de dos años en España, probaban una relación laboral clandestina de al menos medio año. La fórmula estaba pensada para hacer aflorar el trabajo irregular y la única manera de que el extranjero probase esa relación laboral era obteniendo una resolución judicial o con un acta de infracción de la inspección de trabajo. Esta vía de regularización, con la que se obtiene un permiso de residencia y trabajo de un año, era muy limitada, pues exigía una inspección previa o que el inmigrante denunciara a sus empleadores.

La sentencia del Supremo llegó el pasado marzo y fue ratificada después por otras dos resoluciones. La justicia considera que el extranjero puede demostrar su actividad laboral con cualquier otra prueba y abre el arraigo laboral a un universo de personas mucho mayor que pueden demostrar que han mantenido relaciones laborales regulares.

Miles de solicitantes de asilo
En la práctica, la resolución facilita la regularización sobre todo de miles de solicitantes de asilo porque son un colectivo muy numeroso en España y su casuística encaja bien en lo establecido por la sentencia. En su caso la ley les permite trabajar legalmente después de seis meses desde que formalizan su demanda de asilo, pero que pierden su autorización en el momento que se les deniega la solicitud de protección.

Sin asilo, su manera de volver a residir y trabajar legalmente en el país es optar a un arraigo social, una figura legal más exigente que demanda, entre otros requisitos, un contrato de trabajo de un año y haber pasado al menos tres años residiendo en España. La resolución del Supremo, les permite ahora optar por una vía que estaba restringida a relaciones laborales clandestinas. Los trámites se simplifican (no necesitan aportar un contrato, por ejemplo) y el tiempo que deben esperar se acorta.

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