
22-06-23. Público. Permanecer seis meses fuera de España en el último año ya no será motivo para retirar el permiso de residencia temporal a un ciudadano extranjero. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado nulo de pleno derecho el artículo del Reglamento de la Ley de Extranjería que permitía al Gobierno extinguir las autorizaciones de residencia temporal y trabajo de extranjeros por este motivo. Noticia completa