El Constitucional da luz verde a las ’devoluciones en caliente’ en Ceuta y Melilla
20 de noviembre de 2020 | Temas: Frontera

El Confidencial.com; "En febrero, el TC se encontró con que tenía que acomodar su postura a la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que avaló estas devoluciones sumarias. "Se colocaron ellos mismos en una situación ilegal cuando intentaron de forma deliberada entrar en España (...) por un lugar no autorizado, aprovechándose del gran número de personas en el grupo y utilizando la fuerza", explicaba el fallo de Estrasburgo. La expulsión ’en caliente’"fue el resultado de su propia conducta", argumentaba.

El Constitucional defiende que "el régimen especial para Ceuta y Melilla de rechazo en frontera de los extranjeros que intenten entrar ilegalmente [...] es conforme a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, consistente en que el ’rechazo en frontera es una actuación material de carácter coactivo, que tiene por finalidad restablecer inmediatamente la legalidad transgredida por el intento por parte de las personas extranjeras de cruzar irregularmente esa concreta frontera terrestre".

Con este razonamiento como telón de fondo, incide en que "la actuación material [será constitucional] sin perjuicio del control judicial que proceda realizarse en virtud de las acciones y recursos que interponga, en cada caso concreto, la persona extranjera”.

La sentencia del Constitucional subraya para ello que las devoluciones deben cumplir "las normas, acuerdos y tratados internacionales ratificados por España, debiendo ser reales y efectivos los procedimientos de entrada legal en territorio español". T

También destaca que "los cuerpos y fuerzas de seguridad deberán prestar especial atención a las categorías de personas especialmente vulnerables", entre los que se menciona a "los menores de edad, las embarazadas o personas de edad avanzada".

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